Anexo de servicios
1. Requisitos de elegibilidad (Decreto 902 de 1988)
Este Anexo detalla las características del encargo jurídico conferido al contratar un paquete de sucesión en la Plataforma. Estos servicios están estructurados exclusivamente para cumplir con los requisitos del trámite notarial en Colombia, lo que exige:
- Que se trate de una sucesión intestada (ausencia absoluta de testamento dejado por el causante).
- Que exista pleno y absoluto mutuo acuerdo entre todos los herederos reconocidos, cónyuges o compañeros permanentes, tanto en la forma de dividir los bienes como en la voluntad de adelantar el trámite.
- Que los bienes que conforman el acervo hereditario estén ubicados en Colombia (o sujetos a la jurisdicción nacional de manera clara).
Si la Plataforma detecta en la fase de perfilamiento (Intake) que el caso no cumple estos requisitos, o que el patrimonio excede el umbral configurado para el modelo automatizado, redirigirá al Cliente a una consulta legal para estructurar un modelo personalizado (Elite).
2. Alcance detallado de los paquetes
Los precios exactos, umbrales patrimoniales y descuentos vigentes son aquellos publicados en la plataforma en el momento efectivo de pago. La modalidad de cobro usual consiste en un anticipo del 70% y un saldo del 30% contra hitos de finalización.
Paquete Estándar
- Elaboración de poder especial, inventario y avalúo de bienes, trabajo de partición y solicitud formal de sucesión ante la notaría.
- Gestión documental digital e impulso del expediente ante la notaría hasta la firma y autorización de la Escritura Pública.
- No incluye: Recolección física de documentos (paquetería), investigación registral de bienes no declarados, trámites presenciales de registro ante Oficinas de Instrumentos Públicos, Tránsito, o Cámaras de Comercio. El Cliente asume la responsabilidad de registrar la escritura por su cuenta, a menos que adquiera servicios adicionales.
Paquete Premium
- Todo el alcance del paquete Estándar, más:
- Logística de recolección física de documentos requeridos (según cobertura urbana confirmada por el equipo).
- Servicio de investigación preliminar de bienes y apoyo en la expedición de certificados faltantes (registros civiles, folios de matrícula).
- Acompañamiento presencial (o asistencia preferencial virtual) durante las fases críticas y firma de la escritura.
- Ejecución de los trámites de registro (Fase 8) ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (o entidad equivalente) y entrega formal de la escritura debidamente registrada en el domicilio indicado por el Cliente.
Paquete Elite Servicio estructurado a medida para patrimonios de alta complejidad, sucesiones con particularidades societarias o tributarias extensas. Su alcance, precio y condiciones de pago no son estandarizados en la web, sino que se negocian y plasman en un contrato de prestación de servicios independiente tras una consulta inicial.
3. Exclusiones absolutas
Salvo que se firme un anexo o contrato adicional por escrito, los paquetes nunca cubren:
- Costos de terceros: Derechos notariales, impuestos de beneficencia y registro, retenciones en la fuente, edictos, copias, certificados o envíos extraordinarios. Estos gastos los liquida la notaría/estado y deben ser pagados directamente por el Cliente.
- Asesoría contable para declaraciones de renta de los herederos post-sucesión.
- Representación en litigios, incidentes judiciales, demandas de petición de herencia o procesos de impugnación.
4. Obligaciones específicas del Cliente y del Equipo Legal
El Cliente se compromete a: Aportar documentos auténticos (asumiendo responsabilidad penal por falsedad documental); tramitar el poder debidamente autenticado (notarial o biométrico según se instruya); proveer los fondos para pagos a terceros (notarías/impuestos) en los tiempos exigidos para no paralizar el trámite; e informar inmediatamente cualquier modificación en el patrimonio o el estado civil de los herederos.
El equipo de Tu Herencia Fácil se compromete a: Proyectar los documentos jurídicos conforme a la ley vigente, auditar la documentación aportada, notificar al Cliente sobre los hitos y requerimientos, y actuar con diligencia profesional para impulsar el trámite. Nota: Los tiempos de respuesta notariales, cruces con la DIAN y trámites registrales dependen exclusivamente del Estado, por lo que el Prestador no garantiza fechas exactas de finalización.
5. Incumplimiento procesal
Si el Cliente abandona el caso, deja de responder comunicaciones por más de sesenta (60) días calendario, o se niega a realizar los pagos a terceros requeridos para el avance (notaría, impuestos), el Prestador podrá dar por terminado el encargo anticipadamente, aplicando las reglas de retención de honorarios por labor ya ejecutada descritas en la Política de Cancelación (L4).
Versión 1.0